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LOS CONSEJOS COMUNALES.

Son el medio que permite al pueblo organizado asumir directamente la gestiòn de las polìticas y proyectos, orientados a responder las necesidades y aspiraciones de las  comunidades en la construcciòn de una sociedad de equidad y justicia social.

Es la organizaciòn màs avanzada que se puede construir entre vecinos de una misma comunidad, para afrontar problemas comunes en lo social, en lo polìtico en lo econòmico, etc; desarrollando proyectos de hàbitat, complejos agro productivos, indutriales, granjas integrales, vialidad, nùcleos de desarrollo endògeno, factorìas, plantas procesadoras, viveros, centros recreacionales, etc.

Es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagònica que plantea la Constitucion Bolivariana de Venezuela.

Los Consejos Comunales se encuentran inmersos en le quinto motor de la revoluciòn, llamado de esta misma manera como Explosion del Poder Comunal, y enmarcado en la democracia protagònica revolucionaria y socialista. Se trata de instancias de participaciòn comunitarias (integrantes de la misma localidad), la cual le permite a los habitantes organizados de un sector ejercer la gestiòn de las polìticas pùblicas, asi como el desarrollo de proyectos que satisfagan las necesidades y permitan la adopciòn de soluciones a las necesidades no atendidas de su propia colectividad.

Los principios fundamentales de los Consejos Comunales, se encuentran establecidos en la corresponsabilidad, cooperaciòn, solidaridad,transparencia, rendiciòn de cuentas,honestidad, eficacia, eficiencia,responsabilidad social control social, equidad, justicia e igualdad social y de gènero. Los recursos de los consejos comunales, provienen del Fondo Intergubernamental para la Descentralizaciòn (FIDES), de la Ley de Asignaciones Econòmicas Especiales (LAEE), de transferencias desde el Gobierno Nacional, las Gobernaciones y Alcaldìas.

Autores: Beatriz Moreno C.I 12.841.856 / Darìana Mora C.I 6.297.945 / Josè Mora C.I 9.330.422 / Mailing Neira C.I 6.501.571 / Migberth Cella C.I 9.962.070 / Marcos Leal  C.I 6.902.644 / Yurmi Mùjica C.I 10.475.267.

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